¿Son deducibles los pagos en casetas de autopista?

Imagen: www.pymesyautonomos.com
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Técnicamente son NO DEDUCIBLES, por costumbre se ha venido mandando al gasto este concepto y se toma como deducible, pero si analizamos las nuevas reformas que se dieron al reglamento del ISR nos damos cuenta que las nuevas disposiciones contemplan las casetas pero solo si cumplen con ciertos requisitos que comentare mas adelante.

De acuerdo a ley los pagos en efectivo por peaje son técnicamente no deducibles y de acuerdo a la autoridad es también no deducible. (De acuerdo a los últimos cuestionamientos que se les han hecho por parte de algunos contribuyentes)

LA LEY DICE:

Artículo 28 RLISR. Para los efectos del artículo 29, fracción III de la Ley, para que los contribuyentes puedan deducir las cuotas de peaje pagadas en carreteras que cuenten con sistemas de identificación automática vehicular o sistemas electrónicos de pago, deberán amparar el gasto con el estado de cuenta de la tarjeta de identificación automática vehicular o de los sistemas electrónicos de pago.

Artículo 29 LISR. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
III. Los gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones.

Es aquí donde inician las dudas ya que lo señalado por el reglamento rebasa en exceso a lo marcado por la ley del ISR. En la practica muchos contadores erróneamente lo toman como gasto deducible “aplicando estrictamente lo que dice el RLISR es NO DEDUCIBLE” sin embargo ante tal motivo se podría echar mano de los medios de defensa que en mi opinión no seria conveniente debido a que sabemos que lo marcado en el reglamento es una pauta de lo que en breve podrá estar en ley,

Para esto existe un sistema llamado IAVE es el Sistema de Identificación Automática Vehicular, el cual le permite transitar por la mayor parte de las autopistas del país, sin tener que detenerse para pagar en efectivo; ya que todos sus cruces los hará a través de un medio electrónico de pago (TAG), que le permitirá llevar un control de todas sus transacciones.

Este sistema funciona con una tarjeta que se adhiere al parabrisas con datos invisibles de la unidad y de la empresa Al llegar a la caseta, su tarjeta es identificada por una antena lectora y, automáticamente, se abre la barrera la operación se registra en una computadora desde donde se envía la señal al satélite que la retransmite a un centro de cómputo donde se procesa y asienta en su estado de cuenta, que puede consultar vía Internet, junto con la información de los lugares, fechas y horarios en los que sus unidades realizaron los cruces.

Con este sistema se puede hacer deducible los gastos de Peaje debido a que cumple lo previsto en las leyes fiscales.

Por otra parte la autoridad para tratar de que nos acojamos a este medio electrónico en lo que se refiere a cuatas de peaje a estado otorgando un estimulo marcado el la Ley de Ingresos art. 16 Frac. VII el cual consiste en acreditar el 50% de los gastos en cuotas de peaje contra el ISR propio e IMPAC. Para ello debemos cumplir con lo establecido en miscelánea en la regla 11.9

Otro medio para hacer deducible las casetas seria utilizando los sistemas electrónicos de pago por medio de tarjetas de crédito o debito amparando el gasto con los estados de cuenta.

Cabe aclarar que si se opta por pagar las casetas en efectivo se debería mandar como gasto no deducible, pero como te comento, la mayoria de los contadores las deducen pero en el sentido estricto no deberia ser asi.

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Fuente: CP RicoMacpato alien

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4 comentarios en «¿Son deducibles los pagos en casetas de autopista?»

  1. Hola!
    Como emito la factura del pago en caseta con tarjeta de debito?
    Me comentan que si te envían las facturas despues.
    Saludos!

  2. BUENOS DIAS, PARA AMPARAR EL PAGO DE CASETA SOLO ES NECESARIO EL ESTADO DE CUENTA, SIN EMBARGO SI UNO QUIERE SOLICITAR LA FACTURA ES NECESARIO MANDAR UN CORREO ELECTRONICO A LA SIGUIENTE DIRECCION CON LA REQUERIDA INFORMACION: [email protected]

    1. CORREO PETICION DE SOLICITUD DE FACTURA CON LOS DATOS FISCALES QUE PROPORCIONARAN EN EL CORREO.
    2. NUMERO DE LA TARJETA CON LA QUE SE HIZO EL PAGO.
    3. DIA DE CRUCE DE LAS CASETAS PAGADAS.

    SALUDOS

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