Anticipando el pago de la prima vacacional

Ahh carambas…

Yo si aplicaba esto de pagarles su prima a los trabajadores al año cumplido.

Tendré que cancelar esa opción.

Este uso o costumbre no debe ser considerado legalmente válido, pues el numeral 80 de la LFT expresamente señala que el monto mínimo de la prima vacacional será de un 25% sobre los salarios que se cubran al colaborador durante sus vacaciones. De esto se infiere que esta prestación debe pagarse en el momento en que el subordinado se encuentra disfrutando de su descanso.

Fuente: www.saludempresarial.com

Acerca de Faro Viejo

Contador Publico que en tiempos libres se convierte en un autodidacta en cuestiones informaticas. :-)

Ver todas las entradas de Faro Viejo →

Un comentario en «Anticipando el pago de la prima vacacional»

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *