En nuestra legislación fiscal mexicana, existe un apartado donde se les dá la autorizacion a ciertos contribuyentes de imprimir ellos mismos sus comprobantes fiscales. (REGLA II.2.4.6. DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2008)
Pero…. ¿Que pasa cuando esos comprobantes literalmente se desaparecen dentro de los archivos contables? Se supone que tu contabilidad la debes guardar al menos durante 5 años para una posible revisión de la autoridad.
Que alguién me explique…
Una solución es enmicarlos, que cosas… 😀
Una buena lectura es:
Muy fácil.. sacas una copia, la engrapas y guardas ambos. En caso de que se borre tienes la copia para comprobarlo, y lo más importante mantenlos lejos de la luz para que haya señales que permitan confirmar que la copia es del mismo documento.
Si, así le hago pero de que se borran, se borran 😉
Y la contingencia fiscal sigue latente 😐
Excelente semana.