Que no te intimiden esos cobradores de pacotilla con sus amenazas de prisión.
En caso de que no puedas pagar tu crédito hipotecario, te protege una garantía constitucional la cual prohibe que pises la cárcel por una causa que no sea penal.
Podrás poner en riesgo tu patrimonio e inclusive llegar a perderlo (mediante un larguísimo juicio) pero definitivamente a la cárcel NO IRAS. (Iremos….)
El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) Edgar Elías Azar, precisó que debido a la crisis económica se incrementaron hasta en 40 por ciento los asuntos por deudas de carácter civil o mercantil, pero dejó en claro que ninguna persona que tenga deudas con una institución financiera, como son los bancos, podrá ser enviada a prisión.
En este sentido, el magistrado Elías Azar recordó que «la Constitución previene que ningún ciudadano puede ser encarcelado por adeudos que no estén relacionados con un procedimiento penal, es una garantía institucional, nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil, y por civil se entiende lo mercantil», dijo.
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Por experiencias cercanas (El primo de un amigo 🙂 ) no pudo seguir pagando sus crédito de tarjeta de crédito debido a las groseras tasas de interés, y el banco terminó por cobrarle menos de la mitad de lo adeudado. Aunque lo boletinó al buró de crédito y por un rato no le darán más creditos (que ni los desea…)
buenas una consulta yo debo a un banco la suma de 7 mil soles, pero no tengo para pagarlo, me han enviado una cedula de notificacion para pagarlo donde dicen que sino pago van a usar la ejecucion forzada que significa eso es carcel o embargamiento?? me podria responder urgente estoy preocupado muchas gracias…..